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Ley 57 De 1911

Artículo 1

1 inciso

Ordenase la erección de un busto de bronce del ilustre prócer y mártir de la Independencia, Liborio Mejía, en la ciudad de Ríonegro, lugar de su nacimiento.

Artículo 2

1 inciso

Autorízase ampliamente á la Municipalidad de Ríonegro para celebra el contrato correspondiente para la realización de la obra.

Artículo 3

1 inciso

Destinase la cantidad de dos mil pesos ($ 2,000) oro, que se considerara incluida en el Presupuesto de gastos de la vigencia próxima, para atender á los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario Del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno