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Ley 215 De 1995

Artículo 1

1 inciso

Apruébase el "Protocolo de Reformas a la Carta de la Organización de los Estados Americanos Protocolo de Managua ", suscrito en Managua el 10 de junio de 1993.

Artículo 2

1 inciso

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 7ª de 1944, "Protocolo de Reformas a la Carta de la Organización de los Estados Americanos, Protocolo de Managua", suscrito en Managua el 10 de junio de 1993, que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de la misma.

Artículo 3

1 inciso

La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República (E.)
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores