Artículo 1
2 incisos
Los certificados que expida el Superintendente prestarán mérito ejecutivo.
Queda adicionada en los anteriores términos la Ley 45 de 1923 .
Ley 133 De 1948
Los certificados que expida el Superintendente prestarán mérito ejecutivo.
Queda adicionada en los anteriores términos la Ley 45 de 1923 .
Esta Ley regirá desde su promulgación.