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Ley 103 De 1993

Artículo 1

1 inciso

La Nación se asocia a la celebración de los 30 años de vida jurídica del Departamento del Guainía que tuvo lugar mediante la Ley 18 de julio 13 de 1963, siendo Presidente de la República el doctor Guillermo León Valencia.

Artículo 2

1 inciso4 literales1 parágrafo

Para celebrar dignamente los 30 años de vida jurídica del Departamento del Guainía, la Nación se asocia con apoyo financiero para la ejecución de las siguientes obras:

a

Construcción y dotación de un Instituto Técnico Industrial con internado, en el Municipio de Puerto Inírida;

b

La pavimentación de la vía que del aeropuerto conduce al centro de la ciudad de Inírida;

c

La construcción de las plantas de tratamiento de aguas residuales y potables y la ampliación de los servicios de acueducto y alcantarillado a los diferentes barrios del municipio de Inírida;

d

La ampliación y pavimentación de los aeropuertos de San Felipe, Barrancominas y Mapiripana.

Parágrafo

El Gobierno incluirá estos proyectos en el Presupuesto General de la Nación y dichos recursos de inversión se canalizarán a través del departamento.

Artículo 3

1 inciso

El Gobierno Nacional y específicamente el Ministro de Hacienda, queda facultado para realizar las correspondientes operaciones presupuestales con miras a la cumplida ejecución de lo dispuesto en la presente Ley.

Artículo 4

1 inciso

La presente Ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas y Transporte