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Ley 27 De 1941

Artículo 1

1 inciso1 parágrafo

La República de Colombia se asocia a la celebración de las bodas de oro del "Club Cartagena", centro social de la capital de Bolívar vinculado nacionalmente, que durante cincuenta (50) años ha mantenido en alto el prestigio de la caballerosidad y de la cultura en general.

Parágrafo

Las Cámaras se harán representar en las festividades del "Club Cartagena", que tendrán lugar el 11 de noviembre próximo, por comisiones de su seno.

Artículo 2

1 inciso

La importación de licores, así como la de cristalería y vajilla que haga el "Club Cartagena" con destino a la conmemoración de sus bodas de oro, quedan exentas de los derechos de importación y de cualesquiera otra clase de impuestos, mediante la reglamentación y control del Ministerio de Hacienda por medio de la Administración de Aduana de Cartagena.

Artículo 3

1 inciso

Esta ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del H. Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público