Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 1 De 1960

Artículo 1

2 incisos

Destínase para el funcionamiento del Instituto Nicolás Esguerra, de Bogotá, D. E., el globo de terreno, con sus estructuras, cedido al Ministerio de Educación Nacional en el Centro Administrativo Oficial, a que se refiere el artículo 4° del Decreto legislativo número 0048 - Bis de 1958.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 4

Destínase para el funcionamiento del Instituto Nicolás Esguerra, de Bogotá, D. E., el globo de terreno, con sus estructuras, cedido al Ministerio de Educación Nacional en el Centro Administrativo Oficial, a que se refiere el artículo 4° del Decreto legislativo número 0048 - Bis de 1958.

Artículo 2

1 inciso

Los Ministerios de Obras Públicas y Educación Nacional adelantarán los trámites correspondientes para que el Instituto Nicolás Esguerra tome posesión legal del inmueble.

Artículo 3

2 incisos

Esta Ley rige desde su sanción.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas
El Ministro de Educación Nacional