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Articulado completo

Ley 56 De 1983

Artículo 1

1 inciso

Artículo primero. La Nación se asocia a la celebración de los 450 años de la ciudad de Chinú, en el Departamento de Córdoba y rinde tributo de admiración a su fundador, don Alonso de Heredia, a las virtudes cívicas, la capacidad creadora y el espíritu de superación de sus gentes.

Artículo 2

1 inciso9 numerales

De conformidad con el numeral 20 del artículo 76 de la Constitución Política de Colombia, el Gobierno Nacional planificará y ejecutará el desarrollo de las siguientes empresas de utilidad pública y de interés social:

1

Ampliación del acueducto y extensión del alcantarillado a todos los barrios del perímetro urbano.

2

Construcción de los edificios de la Caja Agraria y el Banco Ganadero, cuyos lotes son de propiedad del Municipio.

3

Construcción parque de recreación popular "Alonso de Heredia" en un lote del Municipio denominado Plaza de San Simón.

4

Construcción de la cárcel municipal, cuyo lote pertenece al Municipio.

5

Ampliación y dotación de la Clínica San Rafael del Chinú.

6

Ampliación y dotación del Colegio Departamental "San Francisco de Asís".

7

Electrificación rural de los principales corregimientos del Municipio.

8

Pavimentación general de las calles y vías urbanas de la ciudad.

9

Arreglo de carreteables vías rurales.

Artículo 76

1 inciso9 numerales

Artículo segundo. De conformidad con el numeral 20 del artículo 76 de la Constitución Política de Colombia, el Gobierno Nacional planificará y ejecutará el desarrollo de las siguientes empresas de utilidad pública y de interés social:

1

Ampliación del acueducto y extensión del alcantarillado a todos los barrios del perímetro urbano.

2

Construcción de los edificios de la Caja Agraria y el Banco Ganadero, cuyos lotes son de propiedad del Municipio.

3

Construcción parque de recreación popular "Alonso de Heredia" en un lote del Municipio denominado Plaza de San Simón.

4

Construcción de la cárcel municipal, cuyo lote pertenece al Municipio.

5

Ampliación y dotación de la Clínica San Rafael del Chinú.

6

Ampliación y dotación del Colegio Departamental "San Francisco de Asís".

7

Electrificación rural de los principales corregimientos del Municipio.

8

Pavimentación general de las calles y vías urbanas de la ciudad.

9

Arreglo de carreteables vías rurales.

Artículo 3

1 inciso

Artículo tercero. Autorízase al Gobierno Nacional para efectuar las operaciones presupuestales correspondientes, obtener empréstitos y celebrar los contratos necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley.

Artículo 4

1 inciso1 parágrafo3 guiones

Artículo cuarto. Créase una Junta Central que organizará la celebración de los cuatrocientos cincuenta años de creación del Municipio, y a la vez se encargará de vigilar, promover y agilizar el cumplimiento de esta Ley.

Parágrafo

La Junta Central estará integrada de la manera siguiente:

Guion

El Gobernador del Departamento de Córdoba, quien la presidirá, o un delegado de éste.

Guion

El Alcalde del Municipio.

Guion

El Presidente del Consejo Municipal.

Artículo 5

1 inciso

Artículo quinto. Esta Ley rige a partir de la fecha de su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado de la República
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario General del Senado
El Secretario General de Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Ministro de Salud
El Ministro de Educación
El Ministro de Obras Públicas y Transporte