Artículo 1
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 46 de 1946 , auxíliase con la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000.00) moneda legal, al Municipio de Támesis (Antioquia), con ocasión del primer centenario de su fundación. Esta suma se destinará a las obras más urgentes como son: el Palacio Municipal, Hospital San Juan de Dios, pabellón de carnes, Liceo Departamental, y mejoras en el acueducto.