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Ley 74 De 1993

Artículo 1

1 inciso

Declárase Monumento Nacional a la Parroquia de El Calvario, ubicada en el Barrio Campo Valdés de la ciudad de Medellín, la cual está cumpliendo 50 años.

Artículo 2

1 inciso

Este templo como Monumento Nacional y patrimonio histórico será objeto de especial cuidado por parte de la administración Local, Departamental y Nacional.

Artículo 3

1 inciso

Créase una junta proconservación y cuidado de esta reliquia histórica integrada así: un miembro de la Sociedad de Mejoras Públicas de Medellín, un miembro de la sociedad Antioqueña de Ingenieros, un miembro de la Academia Antioqueña de Historia y el señor Cura Párroco de El Calvario; esta junta tendrá personería jurídica en virtud de esta Ley y gestionará todo lo relativo al propósito de ella.

Artículo 4

1 inciso

ARTlCULO 4° De acuerdo con el ordinario del lugar establézcase en el Templo de la Parroquia de El Calvario un Museo de Arte Religioso, Cultural y Litúrgico administrado por la junta que en el artículo anterior se crea cuyas piezas además de las donaciones que los particulares le puedan hacer son las que todas las parroquias de Antioquía y Medellín le darán en comodato por mandato de esta Ley.

Artículo 5

1 inciso

La junta creada por la presente Ley recopilará la historia espiritual, religiosa y sociológica de la zona nororiental de la ciudad de Medellín cuya edición y publicación se hará con cargo al presupuesto del fondo de publicaciones de la honorable Cámara de Representantes en un total de cinco mil ejemplares.

Artículo 6

1 inciso

En la fachada principal del templo de El Calvario de la Parroquia de Campo Valdés en la ciudad de Medellín se colocará una placa en mármol con el texto de la presente Ley y los nombres de los párrocos que en el presente medio siglo han alimentado espiritualmente desde esta parroquia a los habitantes de la zona nororiental de Medellín cuyos costos también serán asumidos por el fondo de publicaciones de la honorable Cámara de Representantes.

Artículo 7

1 inciso

Esta Ley rige a partir de su sanción.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
La Ministra de Educación Nacional
El Ministro de Hacienda y Crédito Público