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Ley 205 De 1959

Artículo 1

Derogado.

Ver el texto original (antes de su derogación)

Crease una escuela normal rural para varones en la ciudad de campoalegre, en el departamento del Huila.

Artículo 2

1 inciso

Derogado.

Ver el texto original (antes de su derogación)

El gobierno procederá a dictar las medidas necesarias para el total cumplimiento de esta ley, siendo de cargo de la nación todos los gastos referentes a construcción, instalación y funcionamiento de la referida normal.

Artículo 3

1 inciso

Derogado.

Ver el texto original (antes de su derogación)

Mientras se construyen los edificios que ordena el artículo 2°. De esta ley, el ministerio de educación organizara el funcionamiento de la escuela normal rural para varones en campoalegre a partir de 1961 en local adecuado, a juicio del ministerio, que el municipio destine para el efecto y que aquel acondicionara debidamente.

Artículo 4

1 inciso

Derogado.

Ver el texto original (antes de su derogación)

Facultase ampliamente al gobierno para hacer las apropiaciones presupuestales o traslados indispensables para el cabal cumplimiento de la presente ley.

Artículo 5

1 inciso

Derogado.

Ver el texto original (antes de su derogación)

Esta ley regirá desde su promulgación.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario General del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional