Artículo 1
Derogado.
Ver el texto original (antes de su derogación)
Crease una escuela normal rural para varones en la ciudad de campoalegre, en el departamento del Huila.
Ley 205 De 1959
Derogado.
Crease una escuela normal rural para varones en la ciudad de campoalegre, en el departamento del Huila.
Derogado.
El gobierno procederá a dictar las medidas necesarias para el total cumplimiento de esta ley, siendo de cargo de la nación todos los gastos referentes a construcción, instalación y funcionamiento de la referida normal.
Derogado.
Mientras se construyen los edificios que ordena el artículo 2°. De esta ley, el ministerio de educación organizara el funcionamiento de la escuela normal rural para varones en campoalegre a partir de 1961 en local adecuado, a juicio del ministerio, que el municipio destine para el efecto y que aquel acondicionara debidamente.
Derogado.
Facultase ampliamente al gobierno para hacer las apropiaciones presupuestales o traslados indispensables para el cabal cumplimiento de la presente ley.
Derogado.
Esta ley regirá desde su promulgación.