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Ley 41 De 1922

Artículo 1

2 incisos

Abrense al Presupuesto Nacional de gastos de la vigencia económica de 1922, los siguientes créditos adicionales:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 732

1 inciso

Abrense al Presupuesto Nacional de gastos de la vigencia económica de 1922, los siguientes créditos adicionales: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 70 Auxilios y gastos de fomento Artículo 732-A. Para pagar los auxilios destinados en bonos colombianos de deuda interna por la Ley 27 de 1920, para los acueductos de Barranquilla, Cartagena y Buenaventura$500.000Artículo 732-B. Para pagar al Municipio de Bogotá el saldo del auxilio decretado por artículo 9° de la Ley 46 de1918, con destino a la compra de uno o más lotes de terrenos para construcción de casas higiénicas para la clase proletaria, y para la edificación de las mismas, cuarenta mil pesos en bonos colombianos de deuda interna40.000Suma$540.000.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario del Tesoro, encargado del Despacho