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Ley 14 De 1939

Artículo 1

1 inciso

Declárase día cívico el lunes 6 de mayo de 1940 en que se cumple el primer Centenario de la muerte del General Francisco de Paula Santander , fecha que la Nación Colombiana conmemora con patriótica reverencia.

Artículo 2

1 inciso

El 6 de mayo de 1940 no habrá despacho en las oficinas públicas y será día de descanso remunerado en los trabajos particulares.

Artículo 3

El Gobierno, con intervención de la Junta Asesora creada por Decreto ejecutivo 10 de junio del presente año, erigirá en la capital de la República, un monumento, y una estatua en la Villa del Rosario de Cúcuta, a la memoria del General Santander, a cuyo efecto celebrara los contratos necesarios.

Quedan así modificados los artículo 2º de la Ley 28 de 1935 y 2º de la Ley 75 de 1937 .

Artículo 4

1 inciso

En las Capitales de las Intendencias Nacionales y las Comisarias Especiales, en campo de la batalla de Boyacá, en el puerto de Buenaventura y en Ipiales, se colocaran sendas estatuas del General Santander.

Artículo 5

2 incisos

Créase la medalla cívica Francisco de Paula Santander , para honrar a los colombianos que se hayan distinguido en el magisterio o hayan contribuido en forma eminente a la cultura nacional. La medalla será de oro y llevara en el anverso, en relieve, el perfil de Santander, por David D'Angers.

El Gobierno determinará y reglamentará las características, leyenda y condiciones de adjudicación de esta medalla.

Artículo 6

1 inciso

Para dar cumplimiento a la presente Ley y para los gastos que demande la Conmemoración centenaria del General Santander, destínase hasta la suma de doscientos mil pesos ($ 200.000.00).

Artículo 7

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
EL Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El ministro de hacienda y crédito publico
El Ministro de Educación Nacional
El ministro de obras públicas