Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 74 De 1985

Artículo 1

1 inciso

La Nación se asocia a la celebración del sesquicentenario de la creación del Municipio de Entrerríos, en el Departamento de Antioquia, hecho ocurrido el 25 de mayo de 1825. Se rinde tributo de admiración a sus pobladores y se atiende a unas necesidades de esa localidad .

Artículo 2

1 inciso

Como homenaje especial al Municipio de Entrerríos, en el Departamento de Antioquia y en desarrollo del numeral 20, articulo 76, concordante con el artículo 79 de la Constitución Nacional, el Gobierno Nacional queda autorizado para destinar una partida de su presupuesto con el objeto de adquirir terrenos y construir en Entrerríos un edificio para oficinas públicas, plaza de ferias y matadero municipal.

Artículo 3

1 inciso

El Gobierno Nacional queda facultado para hacer los traslados presupuestales y abrir los créditos necesarios para la ejecución de estas obras.

Artículo 4

Esta Ley rige a partir de su sanción.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público (E.)
El Ministro de Salud
El Ministro de Obras Públicas y Transporte