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Articulado completo

Ley 56 De 1941

Aprueba

El texto propio de esta ley es el acto aprobatorio. Aprueba un instrumento con articulado propio:

Artículo 1

Apruébase el Tratado de Comercio y Navegación, firmado entre la República de Colombia y la República de Argentina, cuyo texto se reproduce a continuación: El Excelentísimo señor Presidente de la República de Colombia y el Excelentísimo señor Vicepresidente de la Nación Argentina, en ejercicio del Poder Ejecutivo, con el propósito de estrechar los vínculos de amistad que unen a sus pueblos, facilitando el desarrollo de las relaciones económicas colombiano-argentinas, han resuelto celebrar un Tratado de Comercio y, con tal fin, han designado sus Plenipotenciarios, a saber: El Excelentísimo señor Presidente de la República de Colombia a Su Excelencia el señor doctor Roberto Urdaneta Arbeláez, su Embajador Extraordinario y Plenipotenciario acreditado ante el Gobierno argentino; y El Excelentísimo señor Vicepresidente de la Nación Argentina, en ejercicio del Poder Ejecutivo, a su Excelencia el señor doctor Julio A. Roca, su Secretario de Estado en el Departamento de Relaciones Exteriores y Culto; Quienes, después de haber canjeado sus Plenos Poderes, hallados en buena y debida forma, han convenido en las disposiciones siguientes:

Firmas

El Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores
El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Relaciones Exteriores
Presidente de la República
El Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho