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Ley 202 De 1995

Artículo 1

2 incisos

La Nación y el Congreso de Colombia, teniendo en cuenta que el 12 de septiembre de 1994, se cumplen sesenta años desde la fundación y existencia de la noble institución de educación denominada Colegio Tolimense, se asocian a la celebración de tan importante efemérides y rinden en consecuencia público y merecido homenaje de reconocimiento a sus directivos, profesores, alumnos y fundadores; como a los padres de familia y a todas aquellas personas que han contribuido a su desarrollo y cumplimiento de su objetivo social y educativo.

Se enaltece este importante centro educativo como ejemplo de formación integral para la niñez y la juventud; así como para las nuevas generaciones de Ibagué y el Departamento del Tolima.

Artículo 2

1 inciso

Transcríbase por Secretaría a las Directivas del Colegio Tolimense, en letra de estilo, copia de la presente Ley una vez surta su trámite correspondiente.

Artículo 3

1 inciso

La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
La Ministra de Educación Nacional