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Ley 56 De 1938

Artículo 1

1 inciso

El Gobierno auxiliará de la mejor manera la celebración de la Segunda Semana Médica Nacional y queda autorizado para abrir los créditos y hacer los traslados que sean necesarios para dar cumplimiento a esta Ley.

Artículo 2

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes