Artículo 1
2 incisos
La Nación contribuirá para este servicio con una suma no menor de cien pesos ($ 100) por cada viaje redondo, siendo entendido que habrá por lo menos un viaje semanal.
El contrato durará por lo menos tres años y el pago de las sumas con que contribuya la Nación se hará por periodos mensuales mediante la presentación de la respectiva cuenta de cobro, acompañada de una certificación expedida por el Gobernador del Departamento del Huila, sobre el número de viajes efectuados.