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Ley 26 De 1875

Artículo 1

1 inciso

Artículo único. Concédese pensión alimenticia, de ocho pesos mensuales, a la señora Loreto Luque, viuda del Sarjento 1.° de la Independencia, Felipe Bárrios. Esta pension se pagará como la de los militares de la Independencia.

Firmas

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la Union
El Secretario del Tesoro i Crédito nacional