Artículo 1
1 inciso
La partida necesaria se declarará incluída en el Presupuesto de la actual vigencia, apropiándose al efecto el crédito correspondiente.
Ley 1 De 1920
La partida necesaria se declarará incluída en el Presupuesto de la actual vigencia, apropiándose al efecto el crédito correspondiente.
Esta Ley regirá desde su promulgación.