Artículo 1
Subvencionase con la suma de treinta mil pesos ($ 30.000.00) el Colegio de Nuestra Señora, de Manizales, suma destinada a la terminación del edificio y adquisición de los laboratorios de Física y Química.
Ley 102 De 1941
Subvencionase con la suma de treinta mil pesos ($ 30.000.00) el Colegio de Nuestra Señora, de Manizales, suma destinada a la terminación del edificio y adquisición de los laboratorios de Física y Química.
El Gobierno celebrará con el Colegio un contrato para concederle la subvención de que trata esta ley, en el cual éste se obligue a sostener diez becas para jóvenes de familias pobres, que adjudicará el Gobierno por conducto de la Secretaria de Educación Pública de Caldas.
Subvencionase igualmente con la cantidad de treinta mil pesos ($ 30.000.00) la Escuela Modelo de Medellín (Pedro Pablo Betancourt), con destino a la aplicación y modernización de su edificio.
Con ocasión del cuarto centenario de la fundación de Guavatá (Santander), destínase la suma de veinticinco mil pesos ($ 25.000.00) para el establecimiento de una escuela agrícola vocacional que allí fundará el Ministerio de Educación Nacional, tomando los fondos de la partida global que para escuelas vocacionales figure en el presupuesto.
Auxiliase al Instituto de Manizales, que funciona en la capital de Caldas, con la suma de treinta mil pesos ($ 30.000.00), destinados especialmente a complementar su dotación de mobiliarios y material de enseñanza.
En el presupuesto de la próxima vigencia se incluirán las partidas de que trata esta ley, y si así no ocurriere, el Gobierno queda facultado para abrir el crédito correspondiente.
Esta Ley regirá desde su sanción.