Artículo 1
2 incisos
Artículo único. La Nación cede al distrito de Sopetran, en el Estado soberano de Antioquia, todos los derechos i acciones que tiene sobre una casa ubicada en la plaza de dicho distrito, que le pertenece por habérsela devuelto los señores Fernando A. i Nicolasa Zapata, en pago de un crédito nacional; i cuya casa se encuentra en litijio por el indebido remate que de ella se hizo.
En su consecuencia, es de cargo del espresado distrito el reclamo de la casa mencionada, continuando con perfecto derecho i personería, ante los Jueces competentes del mismo Estado, la cuestion judicial.