Artículo 1
2 incisos
Queda también autorizado para hacer los traslados a que hubiere lugar en el Presupuesto de la vigencia.
En los Presupuestos de las próximas vigencias se incluirán las partidas necesarias para estos gastos.
Ley 102 De 1937
Queda también autorizado para hacer los traslados a que hubiere lugar en el Presupuesto de la vigencia.
En los Presupuestos de las próximas vigencias se incluirán las partidas necesarias para estos gastos.
Esta Ley regirá desde su sanción.