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Ley 26 De 1985

Artículo 1

1 inciso

La Nación se asocia a la conmemoración del Cincuentenario de la Fundación del Municipio de Silvania (Cundinamarca), que tendrá lugar el 21 de febrero de 1985, rinde tributo de admiración a sus fundadores y exalta las virtudes cívicas de sus habitantes, quienes de manera denodada han contribuido al progreso de Cundinamarca.

Artículo 2

1 inciso6 literales

De acuerdo con los numerales 17 y 20 del artículo 76 de la Constitución Nacional, autorizase al Gobierno Nacional para planificar y desarrollar las siguientes obras de utilidad pública y de interés social en el Municipio de Silvania, así:

a

Construcción de un hospital.

b

Construcción de un acueducto regional.

c

Pavimentación de todas sus calles.

d

Construcción de la Carretera Panamá Alto San José - Tibacuy.

e

Construcción de un salón cultural.

f

Construcción del puente del Matadero Municipal, y g) Construcción y dotación de una Biblioteca Popular.

Artículo 3

1 inciso

Queda autorizado el Gobierno Nacional para efectuar las operaciones presupuestales correspondientes, obtener empréstitos y celebrar los contratos necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley.

Artículo 4

1 inciso

Esta Ley rige a partir de la fecha de su sanción.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
La Ministra de Hacienda y Crédito Público, (E)
El Ministro de Salud
El Ministro de Obras Públicas y Transporte