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Ley 13 De 1896

Artículo 1

2 incisos

° Autorízase al Gobierno para que pueda terminar de la manera que considere más conveniente para los intereses de la Nación, el asunto pendiente con la casa Punchard, Mc Taggart, Lowther & C.°, con motivo de los contratos celebrados para la construcción del Ferrocarril de Antioquia.

Esta autorización comprende la de nombrar un árbitro ó constituir un Tribunal de Árbitros en el extranjero para dar solución al asunto.

Artículo 2

1 inciso

° Los arreglos que con este motivo se hagan por el Gobierno, no requerirán ulterior aprobación del Congreso.

Artículo 3

Gobierno Ejecutivo. Bogotá, 10 De Septiembre De 1896

1 inciso

° La partida necesaria para atender á las erogaciones que se causen en virtud de las autorización contenidas en esta Ley, se considerara incluida en el Presupuesto de la vigencia actual, y si fuere necesario en el de la próxima.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores