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Ley 63 De 1928

Artículo 1

1 inciso

La República se asocia al homenaje que se rendirá en la ciudad de Popayán al Gran General Tomas Cipriano de Mosquera, motivo de quincuagésimo aniversario de su muerte.

Artículo 2

9 incisos4 parágrafos

° La Nación contribuirá a la construcción y ornato del Parque de Mosquera y a la erección de la estatua del proceder en la ciudad de Popayán, así como a los festejos que con tal motivo tendrán lugar en ésta.

Parágrafo

En el pedestal de la estatua se pondrá la siguiente inscripción:

LA REPUBLICA DE COLOMBIA

AL GENERAL TOMAS CIPRIANO DE MOSQUERA.

CONGRESO DE 1928.

Parágrafo

En las estaciones del ferrocarril del Pacifico, en Buenaventura y Popayán se colocarán sendas placas de mármol con esta inscripción:

AL GRAN GENERAL TOMAS CIPRIANO DE MOSQUERA,

INICIADO DEL FERROCARRIL DEL PACIFICO.

HOMENAJE DEL CONGRESO DE 1928.

Parágrafo

El Gobierno procederá a colocar en el patio principal del Capitolio Nacional una gran placa de mármol con la siguiente leyenda, en oro:

Este Capitolio fue iniciado por el Gran General Tomas Cipriano de Mosquera,

Presidente de la República en el año de 1848.

Parágrafo

El Gobierno hará bautizar uno de los barcos de la flotilla nacional de río Magdalena con el nombre de Tomas Cipriano de Mosquera.

Artículo 3

2 incisos

Para dar cumplimiento a la presente Ley se destina la suma de cuarenta mil pesos

($ 40.000), que será entregada a la Junta de Ornato o de Mejoras Públicas del Municipio de Popayán, entidad que queda obligada a rendir cuentas de su inversión a la Contraloría General de la República.

Artículo 4

1 inciso

Copia de esta Ley, que regirá desde su sanción, será enviada a la Asamblea Departamental del Cauca, al Consejo Municipal de Popayán y al hijo sobreviviente del Gran General.

Firmas

El Presidente del Senado, Elíseo GOMEZ JURADO-El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de La Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público