Artículo 1
1 inciso
Legalízanse los gastos hechos por la Tesorería General de la República y por los Consulados asimilados a Administraciones de Hacienda, aplicables al Ministerio de Relaciones Exteriores, en el año de mil novecientos diez; por la suma de: $23220 88 En año de mil novecientos once por la de 1884 07 Y en el de mil novecientos doce, por la de 21053 96½ O sea un total en los tres años de $ 46108 91½.