Artículo 1
Objeto De La Ley
La presente ley tiene por objeto reconocer como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación a las prácticas culturales asociadas al Tiple de Envigado.
Ley 2413 De 2024
Objeto De La Ley
La presente ley tiene por objeto reconocer como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación a las prácticas culturales asociadas al Tiple de Envigado.
Facultades
De manera articulada la Gobernación de Antioquia, la Alcaldía de Envigado y el Consejo Departamental de Patrimonio, deberán elaborar la Lista Indicativa de prácticas y manifestaciones asociadas al Tiple de Envigado, así mismo, coordinar la inclusión de estas prácticas y manifestaciones en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial (LRPCI).
De manera articulada el departamento de Antioquia, el municipio de Envigado, y él Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, previa identificación y valoración del estado de patrimonio, de las prácticas, manifestaciones culturales, implementarán en el marco de los planes de desarrollo, programas y proyectos para el fomento del Tiple de Envigado.
Declaración Y Reconocimiento
Declárese y reconózcase a la Corporación Cortiple como la creadora, gestora y promotora del Encuentro Nacional del Tiple de Envigado.
Postulación Del Encuentro Nacional De Tiple
El municipio de Envigado, Antioquia, y/o la Corporación Cortiple elaborarán la postulación del Encuentro Nacional del Tiple de Envigado a la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial (LRPCI), de acuerdo con lo establecido en la Ley 1185 de 2008 , el Decreto Único Reglamentario número 1080 de 2015, y aquellas que las sustituyan, modifiquen o adicionen.
Promoción, Difusión, Conservación, Protección Y Desarrollo Del Encuentro Nacional De Tiple
Promoción, difusión, conservación, protección y desarrollo del Encuentro Nacional de Tiple. La Nación a través del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes en coordinación con la Gobernación de Antioquia y la Alcaldía de Envigado a través de la Corporación Cortiple contribuirán al fomento, promoción, difusión, conservación, protección y desarrollo del Encuentro Nacional del Tiple de Envigado.
Partidas Presupuestales
A partir de la vigencia de la presente ley, el Ministerio de las Culturas, Artes y los Saberes de Colombia, el municipio de Envigado y el departamento de Antioquia estarán autorizadas para asignar partidas presupuestales de su respectivo presupuesto anual, para el cumplimiento de las disposiciones consagradas en la presente ley.
Vigencia
La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción y promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.