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Ley 48 De 1985

Artículo 1

1 inciso

Adiciónase el Presupuesto de rentas y recursos de capital en la cantidad de $ ocho mil trescientos trece millones cuatrocientos cuarenta y dos mil novecientos setenta pesos ($ 8.313.442.970) moneda corriente, que con base en los certificados de disponibilidad número 1 de febrero de 1985 por valor de $ 34.000.000.000 del cual se utiliza el valor de $ 3.913.442.970 y el número 11 de marzo de 1985 por valor de 4.400.000.000 expedidos por el Contralor General de la República se incorporan así:

Artículo 2

1 inciso

Con base en los recursos de que trata el artículo anterior ábranse los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1985.

Artículo 2A

1 inciso

Efectúanse los siguientes Contracréditos en el Presupuesto de gastos Sector Central para la vigencia fiscal de 1984.

Artículo 2B

1 inciso

Con base en los recursos de que trata el artículo anterior ábranse los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos, Sector Central, para la vigencia fiscal de 1985.

Artículo 2C

1 inciso

Efectúanse los siguientes contracréditos en el Presupuesto de gastos Aportes para el Plan y Programa de Fomento a Empresas Útiles y Benéficas de Desarrollo Regional, Sector Central para la vigencia fiscal de 1985.

Artículo 2D

1 inciso

Con base en los recursos de que trata el artículo anterior ábranse los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de gastos Aportes para el Plan y Programa de Fomento a Empresas Útiles y Benéficas de Desarrollo Regional, Sector Central para la vigencia fiscal de 1985.

Artículo 2E

1 inciso

Hácense las siguientes aclaraciones de leyenda al Presupuesto de la actual vigencia.

Artículo 3

1 inciso

Reducir el Presupuesto de Gastos de Inversión para la vigencia fiscal de 1985 en la cantidad de siete mil quinientos millones de pesos ($ 7.500.000.000) moneda corriente, correspondientes a la totalidad de las apropiaciones que en el Presupuesto de Gastos se financian con el recurso del crédito interno denominado Fondo de Inversiones Públicas en los siguientes organismos, de conformidad con la distribución de capítulos, artículos y proyectos que contempla la Ley 49 de 1984 , así:

Artículo 4

1 inciso

Efectúanse el siguiente contracrédito en el Presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 198, con base en el Certificado de Disponibilidad número 001 de enero de 1985, refrendado por el contralor General de la República, por valor de $ 39.259.672.569.95, así:

Artículo 5

1 inciso1 parágrafo

Con base en el recurso ordinario disponible del artículo anterior acredítase en los mismos organismo y en la misma asignación de apropiaciones por capítulos, artículos y proyectos de que trata el artículo 3o de la presente ley, la cantidad de siete mil quinientos millones de pesos ($ 7.500.000.000) moneda corriente, y ábranse los siguientes créditos adicionales en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1985 por valor de treinta y un mil setecientos cincuenta y nueve millones seiscientos setenta y dos mil quinientos sesenta y nueve pesos con 95/100 ($ 31.759.672.569.95) moneda corriente, así:

Parágrafo

Los acuerdos de obligaciones y los compromisos contractuales y no contractuales de los organismos, que dentro de la ejecución presupuestal de la vigencia fiscal de 1985 se hayan adquirido con cargo a los recursos de crédito interno Fondo de Inversiones Públicas, se aceptarán como válidos a partir de la sanción de la presente ley y serán imputados para todos los fines, con cargo a los recursos ordinarios que se asignen en este artículo.

Artículo 6

1 inciso

La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario de la honorable Cámara de Representantes JULIO ENRIQUE OLAYA RINCÓN República de Colombia | Gobierno Nacional
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Hacienda y Crédito Público