Artículo 1
1 inciso
Efectúase el siguiente contracrédito en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1984.
Ley 48 De 1984
Efectúase el siguiente contracrédito en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1984.
Con base en el recurso de que trata el artículo anterior ábrense los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la actual vigencia.
Efectúase el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1984.
Hácense las siguiente modificaciones de leyenda al Presupuesto de Gastos de la actual vigencia fiscal,
La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.