Artículo 1
1 inciso
Cédese, a favor de la Oficina de Fomento y Turismo de Manizales, el producto de los impuestos nacionales de espectáculos que se realicen para las ferias anuales de Manizales y con destino a financiar los gastos que demanda la realización del certamen y los demás actos populares programados en las mismas.