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Ley 2528 De 2025

Artículo 1

Apruébese el “Convenio sobre la Violencia y el Acoso – número 190”, adoptado por la 108ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, en Ginebra, Suiza el 21 de junio de 2019.

Artículo 2

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 7ª de 1944, el “Convenio sobre la Violencia y el Acoso – número 190” , adoptado por la 108ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, en Ginebra, Suiza el 21 de junio de 2019, que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará a la República de Colombia a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.

Artículo 3

La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

El Presidente del Honorable Senado de la República
El Secretario General del Honorable Senado de la República
El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
La Viceministra de Relaciones Exteriores, encargada del empleo del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores
El Ministro de Trabajo