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Ley 31 De 1958

Artículo 1

1 inciso

El Gobierno Nacional procederá a tomar las medidas necesarias para la nacionalización de los Colegios municipales "Pedro María Ramírez", de segunda enseñanza, y "La Sagrada Familia", de comercio y bachillerato, establecidos en la ciudad de Armero, a fin de que dichos planteles funcionen como Colegios Nacionales debidamente dotados para el eficaz desarrollo en sus cursos completos, sometidos a las normas y reglamentaciones que rigen estas instituciones.

Artículo 2

1 inciso

La nacionalización a que se refiere el artículo anterior, se tendrá como acto en el que la Nación se asocia a la celebración del cincuentenario de la ciudad de Armero, Departamento del Tolima.

Artículo 3

1 inciso

Autorizase al Gobierno Nacional para llenar los aspectos de orden administrativo y fiscal que sean necesarios para cumplir esta Ley.

Artículo 4

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara ele Representantes
El Secretario General del Senado
El Secretario General de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional