Para el diseño, expedición y ejecución de esta Política Pública de Bienes y Servicios Públicos Rurales se tendrán en cuenta los siguientes lineamientos:
1Propiciar el acceso progresivo a la propiedad rural en forma individual o asociativa.
2Enfoque territorial, de género, etario, diferencial, intersectorial, poblacional y de respeto por los derechos de los ciudadanos en todo el proceso de conformación y aplicación de la política pública.
3Esta política deberá ser formulada en concordancia con los artículos 64 y 65 de la Constitución Política de Colombia y lo concertado en el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, específicamente, los principios de la reforma rural integral y las medidas de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) (Punto 1.2) y Planes Nacionales para la Reforma Rural Integral (Punto 1.3)
4Los principios de solidaridad, dignidad, no discriminación y paz.
5Universalidad, indivisibilidad, interrelación e interdependencia de los derechos humanos.
6Revalorización de lo rural.
7Utilización de tierras con vocación agrícola que no han sido sembradas.
8Desarrollo rural y la conservación y protección del medio ambiente.
9La coordinación y articulación vertical y horizontal entre diferentes niveles de gobierno y políticas públicas.
10Garantías y condiciones dignas para atraer y conservar a la población en la zona rural.
11Creación, impulso y fortalecimiento de las organizaciones y gobiernos rurales o la creación de capital comunitario.
12Búsqueda de Seguridad Alimentaria a través de medidas que se fundamenten y generen soberanía alimentaria en todo el país, las cuales se podrán articular con los bancos de alimentos.
13Autonomía y participación de los actores del sector rural en el planteamiento, diseño y ejecución de planes y programas de bienes y servicios públicos rurales, así como el seguimiento y control de los mismos.
14Impulsar la tecnificación del campo a través de la articulación del sector público, privado y organizaciones de cooperación internacional.
15Conectividad vial y digital.
16Comercialización agropecuaria con diferentes medidas que pueden incluir la implementación de ruedas de negocios virtuales o presenciales a nivel nacional e internacional que permita a los pobladores rurales la comercialización de bienes o productos agropecuarios.
17Promoción de incentivos para la oferta de servicios, aspectos logísticos de transporte, empaque y manipulación de bienes y el fortalecimiento de la infraestructura de las plazas de mercado municipales que faciliten la comercialización de productos agropecuarios.
18Priorizar la vinculación de niños y niñas, jóvenes, mujeres, madres cabeza de hogar o en embarazo, personas con discapacidad y sus cuidadores, adultos mayores, población víctima del conflicto armado, población LGTBIQ+, y comunidades étnicamente diferenciadas (pueblos indígenas, comunidades negras, afro-colombianas, raizales y palenqueras y el pueblo Rrom o gitano). En el caso de las comunidades étnicamente diferenciadas, se garantizará el derecho fundamental a la consulta previa y, cuando corresponda, el consentimiento previo, libre e informado, conforme a los estándares nacionales e internacionales aplicables.
19Gestión eficiente de los recursos hídricos.
20Diagnóstico e interpretación de la sociedad rural.
21Estímulos a la economía agro-empresarial y de solidaridad asociativa.
22Priorizar la financiación de programas de bienes y servicios públicos rurales.
23Sustentarse en la eficiencia económica y en las nuevas herramientas para la ruralidad buscando innovación agropecuaria.
24Incorporar a la población que se encuentre dentro del marco de los acuerdos de paz, generando que el campo sea la alternativa segura para las víctimas y quienes decidieron dejar las armas.
25Capacitación y formación pertinente y actualizada para los pobladores rurales. Promoviendo programas educativos que incluyan énfasis en tecnología e innovación rural, manejo de recursos naturales, y procesos de emprendimiento.
26Implementación de prácticas agroecológicas, a través de la articulación entre la diversidad y sinergia de sistemas agroecológicos, la mayor eficiencia en el uso de recursos, la creación conjunta y el intercambio de conocimientos, la cultura y las tradiciones alimentarias y agrícolas, la economía circular y la gobernanza responsable.
27Protección de los recursos naturales, Mitigación y adaptación de los impactos del cambio climático y la crisis climática y fortalecimiento de la resiliencia frente a desastres naturales.
28El Ordenamiento territorial.
29Integración y armonización con el trazador presupuestal de campesinado dispuesto en el parágrafo 2° del artículo 64 de la Constitución Política.
30Fomentar programas de incentivos para el retorno de jóvenes al campo, que en todo caso incluirá programas de prácticas y pasantías agrarias.
31Fortalecer las capacidades productivas agrícolas de cada región de acuerdo a sus factores culturales y regionales.
32Garantizar la participación reforzada del campesinado y directa en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas públicas.
33Metas contenidas en los objetivos de desarrollo sostenible.
34Fortalecer la infraestructura de las plazas de mercado municipales para garantizar la adecuada comercialización de bienes y productos agropecuarios, en condiciones de libre competencia, salubridad optimas y con prácticas ambientalmente sostenibles.
35Priorizar el derecho a la educación, en todos los niveles de formación educativa, dotando a las instituciones educativas de condiciones dignas y favorables para una debida prestación del servicio.
Parágrafo 1El Gobierno nacional, en el marco de la creación y redacción de la política pública de bienes y servicios públicos rurales, se asegurará que esta se encuentre en constante articulación con las demás políticas públicas e instrumentos de planeación, tales como el Plan Decenal de Educación, el Plan Decenal de Salud Pública, de Cultura, así como los demás programas sobre bienes y servicios públicos rurales y, en especial, con los bienes y servicios que sean desarrollados mediante los Planes Nacionales para la Reforma Rural Integral.
Parágrafo 2La política pública que se expida en cumplimiento de la presente ley deberá contar con indicadores medibles y mecanismos de monitoreo y evaluación, con el fin de identificar las áreas que requieran ajustes a largo plazo y lograr alcanzar los objetivos de la política.
Parágrafo 3Para los lineamientos de la Política Pública de Bienes y Servicios Públicos Rurales se tendrá en cuenta la oferta de todas las Entidades del Estado que oferten bienes y servicios a favor de la población rural, respetando la disponibilidad presupuestal y el Marco Fiscal de Mediano Plazo.