Artículo 1
Objeto
La presente ley tiene como objeto establecer mecanismos tributarios que faciliten y promuevan la realización de la decimosexta Conferencia de las Partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica (COP16), a realizarse en el territorio nacional en el año 2024.
Para efectos de la presente ley, se entenderán como bienes o servicios aplicables a los beneficios que de esta deriven, aquellos que se encuentren relacionados con la decimosexta Conferencia de las Partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica (COP 16), para efectos de la presente ley, la cual comprende:
Actividades preparatorias y/o complementarias para la realización de la COP16: Corresponde a la estrategia de movilización social COP16, nacional e internacional, liderada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y las actividades preparatorias a la COP16, que realizará el Gobierno nacional, la Gobernación del Valle del Cauca, las alcaldías de Santiago de Cali, Palmira y Yumbo con diferentes actores sociales.
El adecuado desarrollo de la Zona azul (Blue zone): Corresponde a la zona oficial de la COP16, a realizarse entre el 21 de octubre y el 1° de noviembre de 2024, en la que participan los delegados y observadores acreditados por la Secretaría del Convenio sobre Diversidad Biológica y que acoge las negociaciones oficiales de la COP16, así como la Undécima Reunión del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología (CP-MOP11) y la Quinta Reunión de las Partes en el Protocolo de Nagoya (NP-MOP5) sobre acceso y participación en los beneficios de las Partes del Protocolo de Montreal.
El adecuado desarrollo de la Zona verde (Green zone): Corresponde a la zona pública de la COP16, a realizarse entre el 21 de octubre y el 1° de noviembre de 2024 en la ciudad de Santiago de Cali, que organiza el país anfitrión en las COP para promocionar la biodiversidad, abierta a los delegados acreditados y al público en general.