Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 2574 De 2026

Artículo 1

Objeto

1 inciso

Objeto. La presente ley tiene por objeto reconocer a “Galeras Rock” como uno de los festivales de música alternativa más importantes del suroccidente colombiano, con el fin de fortalecer su promoción y realización anual en el municipio de Pasto.

Artículo 2

Reconocimiento

1 inciso

Reconocimiento. Reconocer a “Galeras Rock” como uno de los festivales de música alternativa más importante suroccidente colombiano, que impulsa el arte musical alternativo local, promueve la convivencia pacífica, intercambio cultural, participación, diversidad, la calidad de la escena musical y el intercambio con festivales de otras ciudades y países.

Artículo 3

Articulación Y Principios Rectores

1 inciso

Articulación y principios rectores. Autorizase al Gobierno nacional a través del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y /o quien haga sus veces, para articularse con la Alcaldía del municipio de Pasto, y se desarrollen las acciones, estrategias y políticas que contribuyan al fomento, promoción, financiación, difusión, conservación y desarrollo del Festival “Galeras Rock” por realizarse anualmente en el municipio de Pasto. Para ello, se deberá tener en cuenta los siguientes objetivos rectores:

Artículo 4

Informes

1 inciso

Informes. El Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y/o quien haga sus veces, presentará un informe anual a la Comisión Sexta de la Cámara de Representantes, durante los tres (3) primeros meses siguientes a la realización del Festival “Galeras Rock” sobre el cumplimiento de lo señalado en el anterior artículo.

Artículo 5

Asignaciones Presupuestales

1 inciso1 parágrafo

Asignaciones presupuestales. Las entidades del orden nacional y municipal, de acuerdo a sus competencias, identificarán las asignaciones presupuestales específicas para el cumplimiento de lo establecido en la presente ley, de acuerdo con su disponibilidad presupuestal.

Parágrafo

Autorícese al Gobierno nacional a realizar las asignaciones y traslados presupuestales pertinentes para hacer efectivo el cumplimiento de la presente ley ajustándose al Marco Fiscal de Mediano Plazo y al Marco de Gasto de Mediano Plazo.

Artículo 6

Vigencia Y Derogatorias

1 inciso

Vigencia y derogatorias. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra de las Culturas, las Artes y los Saberes