Artículo 1
Declárese zona de interés ambiental, turístico, ecológico y pesquero el sistema cenagoso de la Zapatosa, ubicado entre los municipios de El Banco (Magdalena), Chimichagua, Tamalameque, Curumaní y Chiriguaná, los cuatro últimos pertenecientes al Departamento del Cesar, la Ciénaga de Mallorquín ubicada en el Distrito de Barranquilla, Atlántico y la Ciénaga de Zapayán ubicada en el Departamento del Magdalena.