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Ley 2355 De 2024

Artículo 1

Objeto

1 inciso

La presente ley tiene como objeto declarar como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación, el Festival Departamental de Bandas de Cundinamarca.

Artículo 2

Exhórtese

1 inciso

al Gobierno nacional a través del Ministerio de las Culturas, las Artes y los _Saberes, que incluya el Festival Departamental de Bandas de Cundinamarca en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial (LRPCI) del ámbito nacional, se apruebe y desarrolle el Plan Especial de Salvaguardia (PES) correspondiente.

Artículo 3

Promoción

1 inciso

El Gobierno nacional a través del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, en coordinación con las autoridades departamentales y municipales de Cundinamarca, implementarán estrategias con el fin de promover· la participación de niños, niñas, adolescentes, adultos y grupos de bandas musicales en el Festival Departamental de Bandas de Cundinamarca.

Artículo 4

Fortalecimiento Y Financiación

1 inciso

Autorícese al Gobierno nacional, en cabeza del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, a incorporar dentro del Presupuesto general de la Nación, de acuerdo con el Marco Fiscal de Mediano Plazo, las partidas presupuestales requeridas para el fortalecimiento de las iniciativas artísticas y culturales que hacen parte del Festival Departamental de Bandas de Cundinamarca de manera que contribuya al fomento, conservación y desarrollo del mismo.

Artículo 5

Producto Audiovisual

1 inciso

Autorícese al Gobierno nacional en cabeza del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a destinar los recursos necesarios para el financiamiento de un producto audiovisual que promueva el Festival Departamental de Bandas de Cundinamarca, de acuerdo con el Marco Fiscal de Mediano Plazo, el cual podrá transmitirse· a nivel nacional en alguno de los canales del Sistema de Medios Públicos.

Artículo 6

Programa Nacional De Estímulos

1 inciso

El Gobierno nacional a través del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y en coordinación con las autoridades departamentales y municipales de Cundinamarca, incluirá a las Bandas de Cundinamarca que trata la presente ley, en el Programa Nacional de Estímulos.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
El Ministro de las Culturas, las Artes y los Saberes