Concepto 11236 de 1996 DIAN
(Tributario) ¿Se encuentra gravada con el impuesto sobre las ventas la mezcla asfáltica cuyas materias primas como son asfalto
Texto del documento
CONCEPTO TRIBUTARIO 11236 DE 1996
(Febrero 15)
<Fuente: Archivo Dian>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -
SUBTEMA: Bienes excluidos/ Posición Arancelaria 25.17
PROBLEMA JURIDICO
¿Se encuentra gravada con el impuesto sobre las ventas la mezcla asfáltica cuyas materias primas como son asfalto natural, gravas y arenas se encuentran excluidos de dicho tributo?
TESIS JURIDICA
SE ENCUENTRAN SUJETAS AL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS “LAS VENTAS DE BIENES CORPORALES MUEBLES QUE NO HAYAN SIDO EXCLUIDOS EXPRESAMENTE”.
INTERPRETACION JURIDICA
Conforme a lo dispuesto en el artículo 420 del Estatuto Tributario el impuesto sobre las ventas recae, entre otros hechos generadores sobre “las ventas de bienes corporales muebles que no hayan sido excluidos expresamente”, con lo cual se entiende que todos aquellos bienes que no se encuentran excluidos en una norma de la categoría de la ley, se encuentran sujetos al gravamen. Esto independientemente que el bien, en el caso de hallarse sujeto a gravamen, esté fabricado o producido con bienes que individualmente considerados, se hallen excluidos o exentos de impuesto sobre las ventas ya que, en estricto sentido, aquél queda convertido en un bien diferente, con denominación propia, que puede o no estar sujeto al tributo.
Por tanto, un bien determinado, así se encuentre fabricado, producido, o formado con bienes o materias primas exentas o excluidas del impuesto sobre las ventas, si no está expresamente excluido ó exento del tributo en las normas pertinentes, estará gravado con el mismo.
Con todo y en interés de lo consultado debe recordarse que el macadam incluso alquitranado, generalmente utilizado en construcción de carreteras, está excluido del IVA: Estatuto Tributario artículo 424, partida 25.17; por otra parte debe señalarse que la Ley 223 de 1995 sometió al impuesto sobre las ventas las arenas naturales de cualquier clase.
Con lo expuesto, esperarnos haber, absuelto el punto en consulta.
JPGM/YGP