Concepto 4912 de 1989 DIAN
(Tributario) Auxilios o indemnizaciones como protección a la maternidad en impuesto de renta aplica para niños y madres
Texto del documento
CONCEPTO No. 004912
03-02-89
TEMA: Protección a la maternidad
La exención contenida en el artículo 72 del Decreto 2053 de 1974 es la misma que consagra el artículo 35 de la Ley 75 de 1986, por cuanto las dos normas se refieren a la protección a la maternidad, noción que implica todos los beneficios tendientes a ese fin, llámense auxilios o indemnizaciones. No se encuentra la razón lógica o jurídica para hacer distinción en este aspecto, toda vez que la intención tanto del legislador laboral como del tributario es la de proteger tanto a la madre como al niño no sólo estableciendo los auxilios económicos, en el concepto citado por usted ya analizados, sino también ordenado que esos auxilios no sean afectados con el Impuesto de Renta.
Por ello se deben tomar sin gravamen todos los pagos que impliquen protección a la maternidad tales como licencias remuneradas o auxilio de maternidad indemnizaciones legales a que haya lugar por tal concepto. Ello es así siempre y cuando se observe lo dispuesto en el inciso 1o del parágrafo único del artículo 35 de la Ley 75 de 1986 esto es, que las exenciones previstas en los numerales 1o a 6o del artículo en cuestión operan sobre el mínimo legal.
FIRMA: MARÍA CRISTINA CASTRO DE CHACÓN.
PROYECTÓ: CLAUDIA MARCELA PEDRAZA YÉPES.