Concepto 2438 de 1989 DIAN
(Tributario) Procedimiento DOS con intereses por adquisición de vivienda
Texto del documento
CONCEPTO No. 002438
02-06-89
TEMA: Procedimiento DOS con intereses por adquisición de vivienda.
El artículo 7o del Decreto Reglamentario 3750 de 1987 expresa en una forma clara y precisa que para efectos de calcular el porcentaje fijo de retención en la fuente por las personas obligadas a practicarla y escogen el procedimiento DOS restarán del valor correspondiente al ingreso mensual promedio calculado de conformidad con el articulo 3o del mismo decreto el valor de los intereses y corrección monetaria que proporcionalmente se consideren deducibles en el mes en el cual se efectuó el cálculo. Es decir la norma citada establece, sin lugar a equívocos cómo se calcula el porcentaje fijo de retención en la fuente cuando existen intereses y corrección monetaria deducible y se está aplicando el procedimiento DOS. En el caso planteado el porcentaje fijo retención se aplica independientemente a la Prima de Navidad debiendo acumularse los otros conceptos.
No es procedente cuando se aplica el porcentaje fijo de retención en la fuentes, señalado en el procedimiento DOS de la Ley 75 de 1986 descontar los intereses y corrección monetaria deducibles para el trabajador, del monto de los pagos efectuados al mismo, antes de establecer el promedio, sino como lo señala la norma, del ingreso laboral promedio del trabajador, en los 12 meses anteriores al cálculo (Inciso cuarto del artículo 7o del Decreto Reglamentario 3750 de 1987).
FIRMA: FRANCISCO FANDIÑO CARO.
PROYECTÓ: GONZALO GARCÍA DUQUE.