Micelio
🧾 DIAN · Conceptos

Concepto 5436 de 1989 DIAN

(Tributario) ¿cuál es la base gravable por venta de cemento en impuesto sobre las ventas

54361989Tributario
Ver en la fuente oficial ↗

Texto del documento

CONCEPTO No. 005436

03-06-89

Base gravable del impuesto sobre las Ventas

TEMA: Cemento – Base gravable.

Al entrar en aplicación normal y ordinaria el Impuesto de Ventas en relación con el cemento, en virtud de la Ley 09 de 1989, artículos 97 y 98, este Des pacho se permite recordar que respecto de dicho producto, sus fabricantes, importadores y comercializadores, ha entrado en pleno vigor al régimen del IVA conforme está dispuesto en el Decreto Extraordinario 3541 de 1983 y normas que lo complementan. Es oportuno mencionar principalmente que son responsables del tributo, en las ventas, los comerciantes, cualquiera que sea la fase de los ciclos de producción y distribución en la que actúen que la base gravable en la venta será "el valor total de la operación, sea que ésta se realice de contado o a crédito, incluyendo entre otros los gastos directos de financiación ordinaria, extraordinaria o moratoria, accesorios, acarreos, instalaciones, seguros, comisiones, garantías y demás erogaciones complementarias, aunque se facturen o convengan por separado y aunque, considerados in dependiente, no se encuentren sometidos a imposición". (Artículo 5o y 7o del decreto mencionado).

Viniendo, pues, a considerar los valores que usted suministra, podemos planear casos concretos, así:

1. Venta directa en fábrica a un consumidor de cemento, considerando únicamente el precio del producto:

Valor tonelada…………………………………………..
$ 134.346,57

Valor IVA, 10%...........................................................

$   1.335.00

Precio total……………………………………………….

$  14.681.57

2. Venta directa en fábrica, si la operación incluye el transporte:


Valor tonelada…………………………………………….
$ 13.346.57
Valor transporte………………………………………….. 5.500.00

Subtotal, base IVA………………………………………..


$ 18.846.57


Mas IVA 10%...............................................................


1.884.00


Precio total ……………………………………………….


$ 20.730.57

2. En cabeza del distribuidor, el IVA se establecerá como un 10% de su precio de venta, que incluye el costo más el margen de comercialización utilizado.

Costo (precio fábrica, más transporte)………………..$ 18.846.57
10% comercialización…………………………………..1.884.00

Subtotal, base IVA……………………………………….

$ 20.730.57

Más IVA 10%...............................................................

    2.073.00
Precio al comprador consumidor……………………….$ 22.803.57

Tratamiento del IVA:

El tratamiento del valor pagado por concepto del IVA difiere según que el adquirente sea un consumidor del cemento, no responsable del tributo, por ejemplo un constructor o un productor de bienes excluidos del mismo impuesto (tejas de asbesto-cemento) en cuyo caso lo tratará como mayor valor del costo; o que sea otro responsable del IVA que emplee el cemento para comercializarlo o como insumo en la producción de otros bienes gravados o exentos, o que o exporte, caso en el cual tomará el impuesto pagado, como descontable, debitando su cuenta Impuesto a las Ventas por Pagar".

Firma: NUBIA NAVARRO FRANCO.

Proyectó: JUAN PABLO GAITÁN MÉNDEZ