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Concepto 77363 de 2001 DIAN

(Tributario) ¿Se encuentran gravadas con el impuesto sobre las ventas las brevas con arequipe?

773632001Tributario
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Texto del documento

CONCEPTO TRIBUTARIO 77363 DE 2001

(Agosto 24)

<Fuente: Archivo Dian>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -

TEMA:

BIENES GRAVADOS – BREVAS CON AREQUIPE.

PREGUNTA

¿Se encuentran gravadas con el impuesto sobre las ventas las brevas con arequipe?

TESIS JURIDICA

SE ENCUENTRAN GRAVADAS CON EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS, LAS BREVAS CON AREQUIPE

INTERPRETACION JURIDICA

El artículo 424 del Estatuto Tributario establece los bienes que se hallan excluidos del impuesto tanto en su venta como en su importación, este artículo fue modificado por el artículo 27 de la ley 633 de 2000, adicionando a la partida arancelaria 08.04 los productos alimenticios elaborados de manera artesanal (es decir, en forma predominantemente manual, con un alto porcentaje de materia prima natural) a base de leche, dentro de los cuales podríamos incluir a título de ejemplo el arequipe y el manjar blanco. Consistió la modificación introducida, en agregar los productos elaborados de manera artesanal a base de leche, pues antes solo se encontraban en la mencionada partida los elaborados a base de guayaba, en consecuencia, el arequipe se encuentra excluído del impuesto sobre las ventas.

Por otra parte las brevas, se encuentran dentro de la partida arancelaria 08.11 frutas y otros frutos, sin cocer o cocidos en agua o vapor, congelados, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante, partida que no se encuentra excluida del impuesto sobre las ventas, por lo tanto las brevas están gravadas con dicho impuesto, independientemente de que se les adicione arequipe.

Por lo tanto, las brevas con arequipe, no se encuentran incluidas en el listado de bienes excluidos del impuesto sobre las ventas del artículo 424 del Estatuto Tributario, ni dentro de los bienes sometidos a tarifas especiales, razón por la cual se entienden gravadas a la tarifa general del impuesto sobre las ventas, pues únicamente se encuentran excluidos de dicho impuesto, los bienes expresamente señalados en la ley.

YGP