Oficio 31631 de 2007 DIAN
(Tributario)¿Proceden los reintegros de retenciones en exceso del gravamen a los movimientos financieros teniendo en cuenta la
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OFICIO TRIBUTARIO 31631 DE 2007
(Abril 27)
<Fuente: Archivo Dian>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN
Oficina Jurídica
530001-00162
Bogotá, D.C.
Señor
CARLOS MARIO FERNANDEZ VARGAS
Calle 99No. 11 A-41
Bogotá, D.C.
Ref.: Consulta radicada bajo los Nos. 121264 el 21/12/2006 y 33712 12/04/07
Cordial saludo, señor Fernández:
Conforme a lo establecido en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006, este despacho es competente para absolver en sentido general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias relativas a los impuestos que administra la entidad, presupuesto bajo el cual se emite esta respuesta.
Manifiesta el consultante que según doctrina vigente de la entidad, los Conceptos escritos rigen hacia el futuro, motivo por el cual solicita se le informe si proceden los reintegros de retenciones en exceso del gravamen a los movimientos financieros teniendo en cuenta la doctrina contenida en el Concepto No. 102658 de 2006, y el procedimiento para la devolución.
Como es de su conocimiento, no es procedente reconocer devolución de impuestos pagados por declaraciones presentadas con anterioridad a conceptos emitidos en los cuales se modifica el criterio de la administración tributaria, porque en este caso los conceptos se aplican a futuro y no con retroactividad.
En consecuencia la devolución en el caso a que alude el consultante, procede respecto de las operaciones donde se hubiese cobrado el GMF con posterioridad a la vigencia del Concepto 102658 de 2006, teniendo en cuenta la doctrina vigente de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Con respecto al interrogante sobre el procedimiento para reintegrar el Gravamen a los Movimientos Financieros, en los casos en que hubiere lugar, lo remitimos al artículo 22 del Decreto 405 de 2001.
Finalmente, le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.co<http://www.dian.gov.co>, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” “técnica”-, dando click en el link “Doctrina Oficina Jurídica.
Atentamente,
ISABEL CRISTINA GARCÉS SÁNCHEZ
Jefe División de Normativa y Doctrina Tributaria Oficina Jurídica