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Oficio 21923 de 2019 DIAN

(Tributario) Convenio para evitar la doble tributación entre Colombia y Holanda

219232019Tributario
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Texto del documento

OFICIO 21923 DE 2019

(septiembre 3)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina

Bogotá, D.C.

Ref.: Radicado 000405 del 06/08/2019

TemaConvenios
Descriptores Doble Tributación
Fuentes formalesCONSTITUCION POLITICA ARTS. 15, 154, 338

Cordial saludo,

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 este Despacho está facultado para resolver las consultas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de la competencia asignada a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Corresponde explicar que las facultades de esta dependencia se concretan en la interpretación de las normas atrás mencionadas, razón por la cual no corresponde en ejercicio de dichas funciones prestar asesoría específica para atender casos particulares que son tramitados ante otras dependencias o entidades ni juzgar o calificar las decisiones tomadas en las mismas.

En igual sentido, los conceptos que se emiten por este despacho tienen como fundamento las circunstancias presentadas en las consultas y buscan atender los supuestos de hecho y derecho expuestos en estas en forma general; por ello, se recomienda que la lectura del mismo se haga en forma integral para la comprensión de su alcance, el cual no debe extenderse a situaciones diferentes a las planteadas y estudiadas.

En atención a la consulta, en la que señala:

"(…), me permito solicitarle el favor de informarnos si existe un convenio para evitar la doble tributación entre Colombia y Holanda, (...)”

Respecto a lo anterior, se le informa al consultante que no existe Convenio para evitar la doble imposición en materia tributaria, suscrito entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Holanda.

En estas circunstancias, se adjunta el LINK, en la página del Ministerio de Relaciones Exteriores, donde se corroborará la información anterior:

http://apw.cancilleria.qov.co/tratados/SitePaqes/BuscadorTratados.aspx?Temald=41&T

En los anteriores términos se resuelve su consulta y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN-, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad" -“técnica”-, dando click en el link “Doctrina Dirección de Gestión Jurídica”.

Atentamente,

LORENZO CASTILLO BARVO

Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina (E)

Dirección de Gestión Jurídica