Micelio
🧾 DIAN · Conceptos

Concepto 93125 de 2000 DIAN

(Tributario) ¿Se debe disminuir el patrimonio líquido de un contribuyente con el saldo de la cuenta por cobrar a los socios pa

931252000Tributario
Ver en la fuente oficial ↗

Texto del documento

CONCEPTO TRIBUTARIO 93125 DE 2000

(Septiembre 25)

<Fuente: Archivo Dian>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -

TEMA: PATRIMONIO LÍQUIDO

PROBLEMA JURÍDICO

¿Se debe disminuir el patrimonio líquido de un contribuyente con el saldo de la cuenta por cobrar a los socios para efecto de aplicar los ajustes integrales por inflación?

TESIS JURÍDICA

PARA APLICAR LOS AJUSTES INTEGRALES POR INFLACIÓN AL PATRIMONIO LÍQUIDO SOLO PUEDE EXCLUIRS EL VALOR PATRIMONIAL NETO DE LOS ACTIVOS SEÑALADOS EN LA LEY.

INTERPRETACIÓN JURIDICA

El artículo 345 del Estatuto Tributario dispone que el patrimonio líquido al comienzo de cada período, debe ajustarse con base en el PAAG, salvo cuando dicho patrimonio sea negativo, en cuyo caso no se efectúa este ajuste. Como contrapartida se llevará un débito a la cuenta de Corrección Monetaria por igual cuantía.

Así mismo, señala el artículo 346 del mismo cuerpo legal que del patrimonio líquido sometido a ajuste, se debe excluir el valor patrimonial neto de los activos correspondientes a “good-will”, “know-how” y demás intangibles que sean estimados por el contribuyente, o que no hayan sido producto de una adquisición efectiva.

Del texto de la normas citadas, se concluye que, únicamente, pueden excluirse del patrimonio líquido, los bienes que no han sido adquiridos sino formados por el contribuyente. En esta forma, el patrimonio líquido no puede disminuirse con las deudas de los socios con la sociedad para aplicar los ajustes al patrimonio líquido.

En relación con la inquietud que consiste en determinar si se debe determinar interés presunto por los préstamos realizados por la sociedad a sus socios, este despacho se pronunció en el concepto No. 31187 de 6 de septiembre de 1999 en donde señala que aún las sociedades en liquidación deben determinar interés presunto en tales circunstancias. No sobra agregar que la ley no distingue de donde deriva el préstamo. Lo único que se debe tener en cuenta es la existencia de deudas en cabeza de los socios al 31 de diciembre del periodo fiscal.

CBPP