Concepto 70188 de 2000 DIAN
(Tributario) ¿En el cobro de peajes pueden utilizarse en el año 2000, documentos equivalentes a la factura, que tienen preimpr
Texto del documento
CONCEPTO TRIBUTARIO 70188 DE 2000
(Julio 25)
<Fuente: Archivo Dian>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -
TEMA:
DOCUMENTO EQUIVALENTE-PEAJES- FECHA EXPEDICIÓN
PROBLEMA JURÍDICO
¿En el cobro de peajes pueden utilizarse en el año 2000, documentos equivalentes a la factura, que tienen preimpreso al año de 1999; colocando la fecha de su expedición mediante un sello manual?
TESIS
LA FACTURA O DOCUMENTO EQUIVALENTE DEBE CONTENER LA FECHA DE SU EXPEDICIÓN QUE DEBE COINCIDIR CON LA DE REALIZACIÓN DE LA OPERACIÓN.
INTERPRETACIÓN
El numeral 1o. del artículo 5o. del Decreto 3050 de 1997, señala que constituyen documentos equivalentes a la factura los expedidos para el cobro de peajes, siempre y cuando reúnan los requisitos del artículo 17 del Decreto 1001 del mismo año.
A su vez, según el artículo 17 mencionado, los requisitos son:
1.Nombre o razón social y NIT
2. Numeración consecutiva
3. Descripción específica o genérica de bienes o servicios
4. Fecha
5. Valor
No se exige para estos documentos, que los requisitos anotados estén previamente impresos, lo que indica que pueden ser llenados en el momento de realizar la operación.
Ahora bien, cuando la norma menciona la fecha, debe entenderse referida al año, mes y día en que se realizó la operación que da lugar a la expedición del documento equivalente. Aspecto que permite aseverar que en el evento en que uno de tales documentos contenga preimpreso un año distinto a aquel en el que se expide, es posible habilitar el mismo manualmente o mediante la aposición de un sello que contenga el año y/o los demás caracteres de la fecha en la cual tal documento es expedido. Lo esencial, para efectos tributarios es que el documento así emito, contenga de manera clara e inequívoca la fecha exacta de su expedición que debe ser la misma de la realización de la operación.
Esto, por que siendo la factura o documento equivalente un soporte externo de la contabilidad, destinado a servir de prueba de las operaciones econó micas del comerciante, debe coincidir en forma integral con la verdad real; y como se vio, la fecha es uno de los requisitos que debe cumplir el documento equivalente para que se considere expedido en debida forma.
LEPM