Micelio
🧾 DIAN · Conceptos

Concepto 81443 de 2000 DIAN

(Tributario) ¿Una empresa establecida en Zona Franca, debe practicar retención en la fuente cuando compra bienes y servicios a

814432000Tributario
Ver en la fuente oficial ↗

Texto del documento

CONCEPTO TRIBUTARIO 81443 DE 2000

(Agosto 28)

<Fuente: Archivo Dian>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -

TEMA

ZONAS FRANCAS

PROBLEMA JURÍDICO:

¿Una empresa establecida en Zona Franca, debe practicar retención en la fuente cuando compra bienes y servicios a otra empresa establecida en Zona Franca?

TESIS JURÍDICA:

LOS INGRESOS POR VENTAS O PRESTACIÓN DE SERVICIOS A USUARIOS DE ZONAS FRANCAS QUE NO SE HAN DE EXPORTAR, ESTÁN SOMETIDOS A RETENCIÓN EN LA FUENTE.

INTERPRETACIÓN JURÍDICA:

El artículo 213 del Estatuto Tributario señala que están exentas del impuesto sobre la Renta y Complementarios las personas jurí dicas usuarias de la Zona Franca sobre las actividades que desarrollan siempre que cumplan con las disposiciones de la ley 109 de 1985 y los reglamentos

El inciso 2o del mencionado artículo indica que para que sea reconocida la exención se deberá obtener concepto favorable del Ministerio de Desarrollo económico y demostrar la dedicación a la actividad de venta a los mercados externos.

Y según el artículo 15 de la ley 109 de 1985, los usuarios industriales de bienes y servicios estarán exentos de los impuestos de renta y complementarios correspondientes a los ingresos que obtengan por las ventas anuales a mercados externos.

Es decir, las Zonas francas son áreas geográficas delimitadas del territorio nacional cuyo objeto es promover y desarrollar el proceso de industrialización de bienes y prestación de servicios destinados a los mercados externos, y es en éstas condiciones como se colige del conjunto normativo transcrito, que opera la exención del Impuesto sobre la renta y consecuencialmente la excepción para la retención en la fuente, de conformidad con el artículo 369 del Estatuto Tributario.

No obstante, cuando se trata de ingresos provenientes de la venta de bienes y prestación de servicios dentro, o en las zonas francas, si deben someterse a retención, por cuanto se han obtenido en la comercialización de bienes en el país, y generan ingresos de fuente nacional.

EZDB