Micelio
🧾 DIAN · Conceptos

Concepto 67470 de 1998 DIAN

(Tributario) ¿Las comisiones de intermediación entre agencias y mayoristas en el territorio continental, para servicios presta

674701998Tributario
Ver en la fuente oficial ↗

Texto del documento

CONCEPTO TRIBUTARIO 67470 DE 1998

(Agosto 28)

<Fuente: Archivo Dian>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -

TEMA: IVA/SERVICIOS EXCLUIDOS

PROBLEMA JURIDICO

¿Las comisiones de intermediación entre agencias y mayoristas en el territorio continental, para servicios prestados en el territorio de San Andrés y Providencia, están excluidas del IVA?

TESIS

LAS COMISIONES POR SERVICIOS DE INTERMEDIACION, ENTRE AGENCIAS Y MAYORISTAS DENTRO DEL TERRITORIO CONTINENTAL GENERAN IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS.

INTERPRETACION JURIDICA

El artículo 22 de la Ley 47 de 1992, relativo a la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas, con relación al Departamento Archipiélago de San Andrés y Providencia, hace referencia en los literales c y d respecto de los servicios excluidos a:

c. La importación de bienes o servicios al territorio del Departamento Archipiélago, así como su venta dentro del mismo.

d. La prestación de servicios destinados o realizados en el territorio del Departamento Archipiélago.

Así tenemos que el literal d), referente al tema, es claro en el sentido de excluir del IVA, la prestación de servicios destinados al Departamento Archipiélago, razón por la cual, las comisiones que cobren las agencias por la venta de paquetes turísticos para ser utilizados en dicho territorio, a hoteles, empresas que transporten pasajeros allí o demás entidades o empresas ubicadas en el, se encuentran excluidas del IVA, debido a que la comisión en este caso tiene destino directo ese Departamento.

Situación diferente se presenta, respecto de las comisiones que las agencias de viaje ubicadas en territorio continental nacional cobren a mayoristas ubicados en el mismo territorio, por la colocación de servicios en San Andrés por aquellas (agencias), toda vez, que el servicio de intermediación en este caso en ningún momento tiene como destino el departamento Archipiélago, sino el territorio continental nacional en que se presta, de tal manera que se encuentra gravado con el Impuesto Sobre las Ventas. Sin perjuicio de la exclusión referida respecto de comisiones cobradas directamente a destinatarios con domicilio o residencia en el territorio de San Andrés y Providencia, excluidas por disposición expresa de la ley.

CVG