Micelio
🧾 DIAN · Conceptos

Concepto 23962 de 1988 DIAN

(Tributario) ¿Ante firma autógrafa se puede expedir certificado utilizando computador electrónico?

239621988Tributario
Ver en la fuente oficial ↗

Texto del documento

CONCEPTO No. 023962

(Noviembre 22 de 1988)

Tema: Firma en certificados de retención.

Pregunta usted si el artículo 12 del Decreto 2265 de 1976 se encuentra vigente para efectos de omitir la firma autógrafa en los certificados de retención que se expidan utilizando computador electrónico.

El Decreto 2503 de 1987, artículos 27 y 29 reguló de nuevo la obligación que tienen los agentes retenedores de expedir certificaciones sobre las retenciones que realicen, sea por pagos laborales, sea por otros aspectos, y dispone que dichos certificados lleven la firma del pagador o agente retenedor. En consecuencia, ante esta expresa disposición debemos inferir que para estos efectos se encuentra tácitamente derogada la del Decreto 2265 de 1976, como contraria al nuevo estatuto: artículo 154, Decreto 2503 de 1987.

Debe observarse que el parágrafo 2o del artículo 29 del Decreto 2503 de 1987 faculta al Gobierno Nacional para eliminar la obligación de expedir certifica dos de retención por conceptos diferentes de pagos laborales, facultad que es de esperarse ejercite próximamente.