Oficio 32200 de 2018 DIAN
(Tributario) Aplicación del artículo 178 de la Ley 1819 de 2016 "por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estruct
Texto del documento
OFICIO 32200 DE 2018
(noviembre 6)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
Bogotá, D.C.
Ref.: Radicado 100067661 del 11/10/2018
Cordial saludo,
En atención a su petición, en la cual solicita que se le informe “si la DIAN ha expedido o no la resolución en los términos requeridos por el artículo 178 de la Ley 1819 de 2016, mediante el cual se adiciona el artículo 437 del Estatuto tributario” y que, en caso afirmativo, se le envíe una copia de la misma, nos permitimos darle respuesta en los siguientes términos:
El pasado 19 de octubre la UAE - Dirección de Impuestos y Aduanas nacionales - DIAN expidió la Resolución 000051 “Por la cual se establece el procedimiento para cumplir con las obligaciones sustanciales y formales en materia del impuesto sobre las ventas -IVA por parte de los prestadores de servicios desde el exterior”, con la cual se da cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 178 de la Ley 1819 de 2016. Adicionalmente, es importante tener en cuenta que el Decreto 1415 de 2018 había establecido con anterioridad los medios a través de los cuales pueden inscribirse en el Registro Único Tributario -RUT, los sujetos sin residencia o sin domicilio en Colombia que presten servicios desde el exterior, gravados con el impuesto sobre las ventas -IVA en Colombia, a sujetos que no estén en la obligación de practicarles la retención en la fuente a título del impuesto sobre las ventas -IVA, de que trata el numeral 3 del artículo 437-2 del E.T.
Espero que esta información le sea de utilidad.
Atentamente,
LORENZO CASTILLO BARVO
Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina (E)
Dirección de Gestión Jurídica